Referencia 348300
Denominación
AYUDA/SUBVENCIÓN-Resolución de la Consejera de Familias y Asuntos Sociales sobre la valoración de los criterios de acceso al Programa Básico, desarrollado en el marco de la Decisión de ejecución de la Comisión Europea de 9 de diciembre de 2022 por la cual se aprueba el programa «FSE + de asistencia material básica» para recibir ayuda del Fondo Social Europeo Plus en el marco del objetivo de inversión en ocupación y crecimiento para España (Programa Básico), para 2024
Ampliar información (https://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2024/104/1168411)
Órgano convocante
Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia
Ámbito geográfico
AUTONÓMICO - BALEARS, ILLES
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias del Programa Básico, de acuerdo con los criterios fijados en el “Programa FSE+ de Asistencia Material Básica”, las personas que cumplan los requisitos siguientes: a) Ser residente en la comunidad autónoma de las Islas Baleares en el momento de la detección de la situación familiar. b) Formar parte de una unidad de convivencia en que haya personas de menos de 18 años. Se entiende que conforman la unidad de convivencia las personas con una relación de parentesco de primer grado descendente por consanguinidad (hijos del solicitante) y la pareja de la persona solicitante. Las adopciones y las acogidas familiares se consideran equiparables al parentesco de primer grado descendente por consanguinidad. c) La unidad de convivencia tiene que tener unos ingresos por unidad de consumo inferiores al 40% de la renta mediana estadística anual nacional. Estos importes, para el 2024, se recogen en el anexo A
Requisitos
Los servicios sociales comunitarios básicos que detecten unidades de convivencia que puedan cumplir los requisitos para acceder al Programa Básico las tienen que identificar utilizando: Modelo 1 (Detección y Comunicación) que ha de ir firmado por los Servicios Sociales Comunitarios Básicos. Modelo 2 (Declaración Responsable) que ha de ir firmado por el Titular de la unidad de convivencia
Presentación
Los modelos 1 y 2 se tienen que trasmitir a la Dirección general de Asuntos Sociales mediante los canales previstos en la Sede Electrónica de la CAIB. En los casos de personas que sólo se pueden identificar con pasaporte, se tendrá que aportar una copia escaneada del documento para poder verificar la identidad de las personas que formen parte de la unidad de convivencia
Plazos (*)
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Desde: 09/08/2024
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Hasta: 31/12/2024
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Descripción: Se aplicarán desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta el 31 de diciembre de 2024
Disposiciones
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Descripción: Resolución de la Consejera de Familias y Asuntos Sociales sobre la valoración de los criterios de acceso al Programa Básico, desarrollado en el marco de la Decisión de ejecución de la Comisión Europea de 9 de diciembre de 2022 por la cual se aprueba el programa «FSE + de asistencia material básica» para recibir ayuda del Fondo Social Europeo Plus en el marco del objetivo de inversión en ocupación y crecimiento para España (Programa Básico), para 2024
Diario publicación: BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES
Fecha de disposición: 05/08/2024
Fecha de publicación: 08/08/2024
Bases Reguladoras
No hay bases reguladoras