Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio

Referencia:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 328754
Denominación:
AYUDA/SUBVENCIÓN-ORDEN ICD/454/2022, de 4 de abril, por la que se convocan para el ejercicio 2022 ayudas para el sector artesano.
Órgano convocante:
Departamento Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial -Aragón
Ámbito geográfico:
AUTONÓMICO - ARAGÓN
Beneficiarios:
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles, que tengan su domicilio fiscal en Aragón, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos (Orden de 24 de enero de 2001, "Boletín Oficial de Aragón", número 18, de 12 de febrero de 2001) excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (artesanía alimentaria). Los beneficiarios, deberán estar en posesión del Documento de Calificación Artesanal que concede el Gobierno de Aragón (Orden de 6 de julio de 1990, "Boletín Oficial de Aragón", número 88, de 27 de julio de 1990 y Orden de 29 de marzo de 2007, "Boletín Oficial de Aragón", número 43, de 13 de abril de 2007). 2. Se considerarán nuevos profesionales artesanos los profesionales que se hayan dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas por la actividad de fabricación o producción artesanal, desde el 1 de septiembre de 2021 hasta la fecha de solicitud y ser ésta, su actividad principal, permaneciendo en dicha situación de alta en el IAE, en la fecha de la solicitud.
Presentación solicitudes:
Las solicitudes se dirigirán a los Servicios Provinciales de Zaragoza, Huesca o Teruel del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, presentándose preferentemente de manera electrónica, a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-empresas-sector-artesano-2022 o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento "número 8540".
Plazos (*):
Desde el 20/04/2022 hasta el 31/08/2022 El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la convocatoria y finalizará el 31 de agosto 2022.
Disposiciones:
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN
CORRECCIÓN de errores del extracto de la Orden ICD/454/2022, de 4 de abril, por la que se convocan ayudas para el sector artesano.
Fecha de disposición: 26/05/2022
Diario de publicación: 03/06/2022
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN
ORDEN ICD/750/2022, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden ICD/454/2022, de 4 de abril, por la que se convocan para el ejercicio 2022 ayudas para el sector artesano.
Fecha de disposición: 26/05/2022
Diario de publicación: 03/06/2022
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN
EXTRACTO de la Orden ICD/454/2022, de 4 de abril, por la que se convocan para el ejercicio 2022 ayudas para el sector artesano.
Fecha de disposición: 04/04/2022
Diario de publicación: 19/04/2022
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN
ORDEN ICD/454/2022, de 4 de abril, por la que se convocan para el ejercicio 2022 ayudas para el sector artesano.
Fecha de disposición: 04/04/2022
Diario de publicación: 19/04/2022
Bases reguladoras:
Denominación ORDEN EIE/815/2016, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias, en la Comunidad Autónoma de Aragón.
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.
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