Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio

Referencia:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 316943
Denominación:
AYUDA/SUBVENCIÓN-ORDEN de 18 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para inversiones que fomenten la pesca sostenible para tripulantes de buques pesqueros cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) y se convocan para el año 2021, tramitado como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento PE119A).
Órgano convocante:
Consellería del Mar -Galicia
Ámbito geográfico:
AUTONÓMICO - GALICIA
Requisitos:
Podrán ser personas beneficiarias los pescadores tripulantes de buques pesqueros que cumplan los siguientes requisitos: 1. Estar enrolado en un buque con puerto base en Galicia. 2. No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 da Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. 3. No estar incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. 4. Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. 5. No tener pendiente de pago ninguna sanción firme por infracción de la normativa marítimo-pesquera. 6. No haber cometido infracción grave: – De la PPC definida como tal en actos legislativos del Parlamento Europeo y del Consejo; – Del Reglamento (UE) nº 1005/2008 del Consejo, por el que se establece un sistema contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, y del Reglamento (UE) nº 1224/2009, del Consejo, por el que se establece un régimen comunitario de control, durante los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de solicitudes. Si el operador tiene nueve puntos de infracción por las infracciones graves según el Reglamento (UE) nº 404/2011, cada punto de infracción acumulado que se añada a los nueve puntos de infracción por las infracciones graves, según el Reglamento (UE) nº 404/2011, supondrá un mes adicional de inadmisibilidad de la ayuda por punto acumulado. 7. En el marco del FEP o FEMP, no haber sido declarado culpable de cometer fraude, según la definición del artículo 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DOUE serie C 316, de 27.11.1995). 8. No esté ni haya estado en los últimos 24 meses involucrado en la explotación, gestión o propiedad de los buques incluidos en la lista comunitaria de los buques INDNR (pesca ilegal no declarada y no reglamentada) o de buques que ni estén ni hayan estado en los últimos 12 meses enarbolando el pabellón de países considerados terceros países no cooperantes al amparo del Reglamento (UE) nº 1005/2008 del Consejo, de 29 de septiembre, por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. 9. Tener capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda. 10. Antes de que se dicte la propuesta de resolución de concesión, deben estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna deuda, por ningún concepto, con la Administración Pública da Comunidad Autónoma de Galicia. 11. Con la solicitud se acompañará una declaración responsable por parte del solicitante, o apoderado, del cumplimiento de los requisitos establecidos en los puntos 2 a 9 de este artículo.
Presentación solicitudes:
Las personas solicitantes profesionales del sector pesquero o con la formación para serlo, tendrán la capacidad administrativa para el acceso y la disponibilidad para la tramitación electrónica. Por lo tanto, las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal De conformidad con el artículo 68.4 da Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que hubiese sido realizada la enmienda. Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquier mecanismo de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Plazos (*):
Desde el 01/01/2021 hasta el 01/02/2021 Para esta convocatoria de 2021 el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último del mes.
Disposiciones:
diariopublicacion DIARIO OFICIAL DE GALICIA
ORDEN de 18 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para inversiones que fomenten la pesca sostenible para tripulantes de buques pesqueros cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) y se convocan para el año 2021, tramitado como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento PE119A).
Fecha de disposición: 18/12/2020
Diario de publicación: 31/12/2020
diariopublicacion DIARIO OFICIAL DE GALICIA
EXTRACTO de la Orden de 18 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para inversiones que fomenten la pesca sostenible para tripulantes de buques pesqueros cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) y se convocan para el año 2021, dicho procedimiento, tramitado como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento PE119A).
Fecha de disposición: 18/12/2020
Diario de publicación: 31/12/2020
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.
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