Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio

Referencia:
BECAS - 315367
Denominación:
BECAS- Resolución de 13/10/2020, de la Universidad de Castilla-La Mancha, de la convocatoria de beca de formación, Máster en Negocios Internacionales, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Toledo
Órgano convocante:
UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Ciudad Real
Ámbito geográfico:
LOCAL - TOLEDO
Beneficiarios:
Podrán solicitar la beca todos los alumnos matriculados en el Máster en Negocios Internacionales en el curso 2020/21, impartido en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de Toledo de la Universidad de Castilla-La Mancha
Presentación solicitudes:
Las solicitudes estarán dirigidas a la dirección académica del Máster. Se presentarán, según modelo de solicitud oficial, en el Registro Auxiliar del Decanato o por cualquier otro medio recogido en la 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazos (*):
Desde el 19/10/2020 hasta el 26/10/2020 El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto entre el 19 de octubre de 2020 hasta las 14 horas del día 26 de octubre de 2020.
Disposiciones:
diariopublicacion DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA
Resolución de 13/10/2020, de la Universidad de Castilla-La Mancha, de la convocatoria de beca de formación, Máster en Negocios Internacionales, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Toledo
Fecha de disposición: 13/10/2020
Diario de publicación: 20/10/2020
Dotación económica:
Esta convocatoria tiene un presupuesto máximo de novecientos ochenta euros (980,00 €), incluyendo el coste en seguridad social. La dotación individual de la beca es de trescientos veinte euros brutos mensuales (320,00 €).
Info. adicional:
Las Bases Reguladoras forman parte del texto de la convocatoria, que puede consultarse en https://www.uclm.es/global/ promotores/facultades-y-escuelas/toledo/to-juridicas/convocatorias/mnin.
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.
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