Detalle de Ayuda, subvención, beca o premio

Referencia:
AYUDA/SUBVENCIÓN - 292689
Denominación:
AYUDA/SUBVENCIÓN-RESOLUCIÓN 1612/2017, de 2 de junio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social.
Órgano convocante:
Servicio Navarro de Empleo -Comunidad Foral de Navarra
Ámbito geográfico:
AUTONÓMICO - NAVARRA, COMUNIDAD FORAL DE
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades: a) Empresas. b) Trabajadores/as autónomos/as. c) Entidades sin ánimo de lucro. 2.2. Las beneficiarias de la subvención deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra. b) Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público. c) No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Observaciones:
El plazo de presentación de la solicitud será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual, siempre y cuando se hubiera publicado la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización. Las solicitudes referidas a contrataciones realizadas a partir del 1 de noviembre de cada año se presentarán al año siguiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación oficial de la autorización de gasto.
Presentación solicitudes:
Las solicitudes se presentarán en la forma y por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para hacer constar en la cabecera de la primera hoja el nombre de la oficina, la fecha y el lugar, circunstancias que también deberán figurar en el resguardo justificativo de su emisión
Disposiciones:
diariopublicacion BOLETÍN OFICIAL DE NAVARRA
RESOLUCIÓN 51E/2018, de 17 de abril, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se modifica la Resolución 1612/2017, de 2 de junio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social.
Fecha de disposición: 17/04/2018
Diario de publicación: 03/05/2018
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RESOLUCIÓN 1969/2017, de 16 de junio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, de corrección de errores de la Resolución 1612/2017, de 2 de junio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social.
Fecha de disposición: 16/06/2017
Diario de publicación: 26/06/2017
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Extracto de la Resolución 1612/2017, de 2 de junio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de Subvenciones para el fomento de la contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social.
Fecha de disposición: 02/06/2017
Diario de publicación: 12/06/2017
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RESOLUCIÓN 1612/2017, de 2 de junio, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación de personas perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social.
Fecha de disposición: 02/06/2017
Diario de publicación: 12/06/2017
Info. adicional:
Plazo:Un mes a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, BOE de 2 de octubre de 2015.
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