Requisitos
Para obtener una titulación náutica para el gobierno de embarcaciones de recreo, el interesado deberá tener cumplidos 18 años de edad en el momento en el que realice las pruebas para la obtención de éstos.
Según lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 875/2014, para la obtención de los títulos de patrón de yate y capitán de yate será necesario estar en posesión del título inmediatamente inferior.
(*) La fecha que figura en el plazo de presentación tiene carácter indicativo. En convocatorias de
la Administración General del Estado sólo se han considerado inhábiles las fiestas de ámbito
nacional; en convocatorias de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, las fiestas de ámbito
nacional y de la Comunidad Autónoma correspondiente. Este cómputo esta sujeto a las incidencias
derivadas de las prescripciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
BOE de 2 de octubre de 2015.